Pensión en favor de familiares
Objetivo
Proteger la situación de necesidad económica ocasionada por el fallecimiento de la persona que origina la prestación.
¿En qué consiste?
Se trata de una pensión que pueden solicitar aquellos familiares que hayan convivido dependiendo económicamente de la persona que ha fallecido y que cumplan con los requisitos exigidos.
¿Quién puede beneficiarse?
Aquellos familiares que hayan convivido y dependido económicamente del fallecido, como mínimo con 2 años de antelación al fallecimiento, que no puedan optar a percibir otra pensión pública ni cuenten con medios para subsistir y que además cumplan con el requisito del grado de parentesco.
Cuantía
La cuantía variará en función de la situación laboral del fallecido en el momento de su fallecimiento y de la causa del mismo.
Plazo de presentación
La pensión se podrá solicitar en cualquier momento después del fallecimiento.
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